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Guía útil para circular con patinete eléctrico por Madrid con la nueva ordenanza

Varios patinetes eléctricos en la Gran Vía | SOMOS CHAMBERÍ

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Los Vehículos de Movilidad Personal o Urbana (VMP o VMU) están de moda en Madrid. Patinetes eléctricos, monociclos, segways y todo tipo de aparatos para desplazarse se han multiplicado por las calles de la ciudad. Y el Ayuntamiento se ha propuesto regularlos con la nueva Ordenanza de Movilidad que se aprueba este mes de septiembre.

[Esta noticia no incluye los últimos cambios aprobados en el pleno, que habilitan la circulación en calles limitadas a 30 km/h]

¿Por dónde pueden circular? Esa es la gran pregunta que se hacen todos sus usuarios (actuales o potenciales). Para dar una respuesta es necesario conocer de qué tipo de vehículo estamos hablando, basándonos en la división que hace de ellos la Dirección General de Tráfico:

Los VMP más comunes son los patinetes del tipo A (los más pequeños) y B (los eléctricos de gran formato). Con carácter general, en Madrid todos tienen prohibido circular por la acera y demás espacios reservados exclusivamente para el peatón. Pero hay algunas excepciones y lugares por las que se permite su tránsito.

  • Vehículos A y B: pueden circular por ciclocalles, calzadas de calles residenciales limitadas a 20 km/h (la mayoría de las del distrito Centro), carriles bici protegidos y pistas bici, aceras bici, sendas bici y zonas 30 de coexistencia (solo B) y parques públicos donde estén permitidas bicis. Los menores de 16 años han de circular con casco.
  • Vehículos de tipo C: pueden circular por ciclocalles, calles residenciales limitadas a 20 km/h (la mayoría de las del distrito Centro), carriles bici protegidos y pistas bici, zonas 30 de coexistencia, todas las vías a menos de 30 km/h y ciclocarriles.

Los VMP de los tipos B y C deben llevar timbre, luces y elementos reflectantes debidamente homologados, según la normativa.

Una salvedad importante: los VMP no siguen las mismas normas que los patinetes y monopatines sin motor, a los que sí que les está permitido circular por las aceras y zonas peatonales, siempre que sea a velocidades similares a las de los peatones y sin causarles molestias. “En ningún caso tendrán prioridad respecto a los peatones”, sin límite de edad.

¿Desde qué edad se pueden usar?

La edad mínima para circular con los VMP es de 15 años. Los menores de esta edad solo podrán hacer uso de vehículos de movilidad personal cuando “resulten adecuados a su edad, altura y peso y circulen en itinerarios autorizados y practicados con guía” (desde los 10 años) o bien fuera de las zonas de circulación, en espacios cerrados al tráfico, siempre con casco y bajo la responsabilidad de sus progenitores o tutores.

¿Dónde se aparcan?

Se permitiría el estacionamiento de los VMU de tipo C, más voluminosos, en las bandas de estacionamiento de la calzada, y de los de tipo A y B (patinetes eléctricos y segways) con un régimen similar al de las bicicletas (reservas bici y moto, sobre la acera en determinadas condiciones, dejando siempre un paso mínimo de 3 metros).

¿Por qué calles de Madrid pueden circular?

Esta es la normativa, pero a la mayoría de conductores de VMP les falta conocer la parte práctica: los lugares de la capital por los que legalmente se pueden mover con la nueva ordenanza. Queda claro que los carriles bici lo van a poder hacer, pero su número es tan escaso en la almendra central de Madrid (la que más viajes concita) que es necesario revisar con lupa el resto de vías.

Este es el mapa de los carriles bici, sendas ciclistas y similares, por los que legalmente podrían circular los diferentes tipos de patinetes con la nueva ordenanza:

Además, la norma prevé que en las calles residenciales limitadas a 20 km/h y las calles de coexistencia limitadas a 30km/h (un nuevo tipo de vía que recoge la ordenanza) también podrán circular los patinetes. De las segundas todavía queda que el Ayuntamiento informe a qué se refiere pero las primeras abundan en algunas zonas de la capital, especialmente en el distrito Centro: son las que cuentan con plataforma única y están señalizadas con la placa de zona residencial a su entrada.

El Ayuntamiento no dispone de un mapa que recoja todas las calles limitadas a 20 km/h, pero son la mayoría de Malasaña, Chueca, Lavapiés, Sol, Letras y Ópera. Además, también hay algunas de estas vías diseminadas en diferentes puntos del distrito, por el que podrían circular los patinetes recordando que siempre lo deberán de hacer por la calzada, nunca por la acera.

Por último, merece la pena reseñar el estupendo resumen en forma de cuadro que publicó el blog En Bici por Madrid con todas las casuísticas de movilidad que prevé la nueva ordenanza. Es el siguiente:

Más información:

AntonioGM

El mapa tiene un error. Aparecen los carriles bici no-protegidos (Alcalá, Bulevares, etc.) Por ellos no podrán circular.

As Bes Ces

O te levantas muy pronto, o te acuestas muy tarde... Antoñito.

AntonioGM

Todo depende del país donde te encuentres
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